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Conciliar tus CFDI contra el SAT: el control que evita sorpresas

Por Francisco Gabriel Cauich CanContador Público y Maestro en Impuestos

El SAT conoce cada comprobante fiscal que emites y recibes. Si tu contabilidad no coincide con esa información, la diferencia tarde o temprano aparecerá en una carta invitación o en una revisión. Conciliar mensualmente es la forma más sencilla de adelantarte.

Por qué importa

Para que un gasto sea deducible, la Ley del ISR exige que esté amparado con un comprobante fiscal (artículo 27, fracción III). Para acreditar el IVA, la Ley del IVA pide que el impuesto conste por separado en el comprobante (artículo 5, fracción II). Y el Código Fiscal regula la emisión, los requisitos y la cancelación de los CFDI en sus artículos 29 y 29-A, además de la obligación de llevar contabilidad del artículo 28.

Las diferencias más comunes

  • Comprobantes recibidos no registrados. Gastos que pagaste pero que nadie capturó, con IVA que dejaste de acreditar.
  • Comprobantes cancelados después de registrarse. El proveedor canceló y tu póliza sigue como si nada.
  • Ingresos facturados no acumulados. Facturas emitidas que no llegaron a la contabilidad.
  • Pagos en parcialidades sin complemento. Operaciones a crédito sin el complemento de pago correspondiente.

Un proceso mensual sencillo

  1. Descarga del SAT los comprobantes emitidos y recibidos del mes, incluyendo su estatus.
  2. Cruza cada UUID contra las pólizas registradas.
  3. Revisa por separado los cancelados y los que no tienen registro.
  4. Documenta los ajustes y deja evidencia de la revisión.

Con la descarga masiva y una conciliación automatizada, este proceso pasa de días a minutos. Si quieres implementarlo en tu empresa o despacho, contáctanos.

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